viernes, 4 de marzo de 2011

ENTREVISTA A RAUL GIL ARIAS

Raúl Gil Arias
Por: Vicente Hernández
Contador Público y Abogado. Se desempeña como Consultor Gerencial y Tributario, con una Especialización en Gerencia Integral de Tributos Nacionales y una Especialización en Finanzas. En la actualidad es Asesor de Fedecámaras Bolívar y la Cámara de Comercio e Industrias de Caroní, Edo. Bolívar. Pertenece al Colegio de Contadores Públicos del Estado Bolívar y Coordinador del Comité Permanente de Asuntos Tributarios de la Federación de Colegios de Contadores de Venezuela (FCCV). Locutor y Productor Nacional Independiente (PNI)

EM.- ¿En su opinión cómo ven  los  empresarios al Contador Público en Venezuela?
RG: Permítanme una referencia personal, por los momentos presido las Comisiones de Asuntos Tributarios y Legales en Fedecamaras-Bolívar y de la Cámara de Comercio e Industrias de Caroní. Allí, a nivel gremial desarrollamos para los afiliados, en conjunto con las respectivas juntas directivas, las orientaciones y recomendaciones en áreas contables, financieras y tributarias. Es una labor de consultoría, que me permite percibir que el Contador Público es para los empresarios, un profesional altamente calificado que ofrece soluciones asertivas, en planificación fiscal y financiera.
Es evidente en la práctica que los empresarios sienten cada día más, la necesidad de confiar en un servicio integral y especializado en las ramas fiscales y financieras. Y, donde le ayude a tomar decisiones oportunas y correctas, en la gerencia de su empresa. Pero además que le garantice tener éxito en tiempos de crisis.

EM.- ¿Está  el  Contador Público preparado para  asumir los  grandes cambios empresariales en Venezuela?

Obvio, los  Contadores Públicos de Venezuela pasamos por una sólida formación académica en nuestras Universidades. Egresamos con la adecuada capacidad que en lo profesional, que permite que estemos a la altura de los retos que demanda la circunstancia.

El profesional venezolano de la Contaduría Pública demuestra con hechos su nivel de instrucción. Es frecuente su presencia en los Foros Internacionales, a los cuales somos invitados. Recuerdo que, el pasado 3 de febrero el licenciado Rafael Rodríguez, Presidente de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) y Director de la Asociación Interamericana de Contabilidad por Venezuela, fue invitado especial y dicto una conferencia magistral sobre la experiencia latinoamericana, en la  adopción en Venezuela de las Normas  Internacionales de Información Financiera. Igualmente, firmó un acuerdo con el Presidente de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), a los fines de tener participación activa en las  decisiones que  se toman en  el  seno de esta organización.

En julio de este año, acudiremos al evento que organizan el Banco Mundial (BM), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la  Federación Internacional de Contadores (IFAC), cada año. Un evento, donde se tocarán temas relacionados a la  implementación de las Normas  Internacionales de Información financiera (NIIF).

EM.- ¿Como difunden los diferentes cambios de productos ante la adopción e implementación de las Normas Internacionales de  Información Financiera en Venezuela?

RG: La Federación Nacional de Contadores Públicos por iniciativa de su Junta Directiva que preside el Lcdo. Rafael Rodríguez y mediante la coordinación del Secretario de Estudios e Investigaciones de la Federación Lcdo. Ricardo Briceño, iniciaron un programa de inducción totalmente gratuito, en todo el país, dirigido a los  Ciento Diez Mil (110.000) profesionales y Trescientos Mil (300.000) estudiantes de Contaduría Pública de las diferentes universidades nacionales, relacionado  en  la adopción e implantación de  las  Normas  Internacionales de Información Financiera para las  Pequeñas y Medianas Empresas “NIIF para PYMES”.

Por cierto, que es oportuno hacer un reconocimiento público al Lcdo. Renny Espinoza que  como Director Técnico y a los Comités Permanentes, donde se  destaca el de Principios de Contabilidad, han realizado una excelente labor gremial, profesional y técnica, conjuntamente con un grupo de profesionales que fueron formados como Facilitadores, a nivel nacional entre los cuales puedo citar a los colegas Antonio Herrera, Mario Arrechedera y Pedro Cambridge.

Igualmente, son varias las reuniones de trabajo con las universidades como la UCV, UDO, UCAB, UNEG, entre otras, a los efectos de  adaptar los pensum de  estudios a los nuevos cambios que  exige la profesión. Es importante destacar que los contadores públicos de Venezuela está organizando en Ciudad Guayana, para abril, el Seminario Regional Interamericano de Contabilidad (SRIC), donde tendremos  expositores especialistas en el tema de las NIIF, a nivel nacional e internacional. Todas  estas  acciones y  actividades demuestran que  estamos difundiendo masivamente los  cambios  que  tenemos en el  ámbito contable, financiero y tributario.

EM.- ¿Cómo y cuándo se  inicia en Venezuela, la adopción e  implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)?

RG: Debo citar  que  desde  el  año 2004, la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV), en un Directorio Nacional, decidió adoptar en nuestro país, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIC-NIIF) y sus interpretaciones, emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y las Normas Internacionales de Auditaría (NIA), emitidas por la  Federación Internacional de Contadores.

En el 2006 la FCCPV, indico que las grandes empresas no calificadas como Pymes, iniciarían el proceso en el año 2008. Señalando que las pequeñas y medianas empresas (Pymes) implementarían la adopción de las NIIF en el año 2010. Posteriormente, en marzo del 2010 en el Boletín de Aplicación VEN-NIF 0 se estableció el Marco de Adopción de las NIIF y en agosto del 2010, mediante el Boletín de Aplicación VEN-NIF 6, se establecieron los criterios para la aplicación en Venezuela de la Norma “NIIF para PYMES” que entró en vigencia, a partir del primero de enero de los corrientes.

EM.- ¿Qué beneficios y ventajas trae la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera para  el sector empresarial y usuarios de los estados financieros de una  empresa?

RG: Podríamos resumirlos en que son una presentación fiel, documentada y sustentada de la realidad económica de la  entidad en cuestión; que dan respuestas a las necesidades de los usuarios, con claridad y transparencia, lo cual permite el uso del juicio razonable; además se dispone de información financiera, legal, tributaria y contable, en las notas explicativas anexas a los  estados financieros,  que permiten dar a la gerencia herramientas para toma de decisiones.
Por otro lado, entre las ventajas para las Pymes tenemos que:   Estandarizan sus sistemas administrativos y procedimientos contables; Les permitirá en un mundo globalizado tener información financiera comparable, consistente y uniforme, donde se estén aplicando las NIIF.



EM.- Ahora sobre el Tema  Tributario, en su condición de consultor empresarial y coordinador del Comité Permanente  de Asuntos Tributarios de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) ¿Qué opinión le merece la Cultura Tributaria que  tenemos los venezolanos?

RG: Quiero destacar el incremento de la cultura tributaria en la  sociedad venezolana, estos últimos años. El Seniat y los gremios  profesionales, mediante los  Institutos de Mejoramiento Profesional, entre otros han implementado mecanismos de adiestramiento hacia los  contribuyentes. La idea es que conozcan los derechos y deberes formales que tiene el marco jurídico, en el Código Orgánico Tributario de la Nación. Recuerdo una frase del anterior Superintendente del Seniat quien en una reunión con empresarios dijo “El contribuyente al final es el socio de la  administración tributaria y aduanera del país, y cualquier evasión fiscal de impuesto o contrabando, al final no perjudica al Estado, sino a  la  sociedad”.

De tal manera que una  condición para  fortalecer la  Cultura Tributaria, es  la  confianza que  el  gobierno sea  capaz de inspirar en la  sociedad y los contribuyentes. Otra condición, son las políticas  de  divulgación que  incentiven las ventajas y oportunidades, al cumplir con los deberes formales, y las sanciones por hacer lo contrario. Dar el conocimiento, facilidades, herramientas e incentivos a los contribuyentes para cumplir sus obligaciones  fiscales. No podemos  esperar una  disminución de la  evasión fiscal y cumplimiento voluntario, sino hay estrategias comunicacionales bien orientadas a la opinión pública. E inclusive, es una herramienta que se debe comenzar desde las universidades, a  los  fines de crear ciudadanos y profesionales conscientes de sus principios y valores hacia la cultura tributaria.

Así que por este medio, planteo formar una mesa técnica, donde el SENIAT, la Federación de Colegios de Contadores Públicos y el Comité Permanente de Asuntos Tributarios, el cual coordino a nivel nacional, podamos desarrollar un Plan Masivo de Divulgación de la Cultura Tributaria, en cada uno de las entidades del país.

Nosotros los contadores públicos tenemos  presencia en todo el territorio nacional, a través de  los  colegios federados, disponemos de la infraestructura, con los institutos de mejoramiento profesional y también egresados altamente calificados que ayuden a la administración tributaria, en incrementar y desarrollar la difusión de la cultura tributaria.

Otra manera de  contribuir es para quienes andamos en el ámbito de los tributos y las finanzas, que apoyemos al sector empresarial mediante las Cámaras y Asociaciones del Comercio, Industria y Producción, dictando foros tributarios trimestralmente. Así los  afiliados quedarían actualizados en relación a sus deberes formales como contribuyentes.

En tal sentido, las universidades podrían apoyar mediante la  formación de Comités Tributarios integrados por profesores de la materia, como es el caso del Comité de Tertulias Tributarias constituido en la Ucab-Guayana, donde los colegas Jairo Ramírez, Camilo London, Ricardo Sánchez, Daniel Duran, Wladimir García, Solange Oliveros coordinados por Daisy Betancourt, el último martes de cada mes, disertan sobre temas tributarios, para estudiantes, empresarios y publico en general.

Es bueno señalar que tenemos Comités Tributarios en la  mayoría de los estados del país, por lo que hago una invitación a los  contadores públicos especialistas en el área tributaria, para integrarse a los comités.

EM.- ¿Cómo hacer para  que  el venezolano entienda la importancia del pago de sus impuestos?

RG: Soy de la opinión que al aumentar el grado de cultura  tributaria, tal como lo tienen varios países latinoamericanos podríamos alcanzar la madurez y conciencia tributaria necesarias. Ese incremento se obtuvo con la educación y divulgación tributaria, a partir de las universidades, gremios profesionales y empresariales, proyectando a la opinión pública el compromiso y su corresponsabilidad como  contribuyentes.

Sin embargo, también debe haber por parte del Estado una  reciprocidad al contribuyente, en el sentido que los ingresos fiscales  proyectados a  recaudar en el año 2011 y que  representan un 55% del presupuesto de la república, sean reinvertidos en buenos y eficientes servicios públicos, en seguridad, vialidad y educación.

Cuando el venezolano empiece a ver que sus tributos son retribuidos en su comunidad, en ese momento soy un convencido que voluntariamente todos pagaremos los impuestos y disminuirá considerablemente la evasión y defraudación fiscal. Estos últimos elementos que constituyen ilícitos tributarios, sancionados con penas restrictivas de libertad, de acuerdo con los artículos 115 y  116 del Código Orgánico Tributario, que  establece penas con prisión de seis (6) meses a siete (7) años.

EM.- Este es el mes de la declaración y pago del impuesto sobre la renta. ¿Qué consejo daría Ud., a las personas naturales en materia impositiva?

Lo primero, que paguen sus impuestos de manera oportuna. Así,  cumplen su deber formal, según el Código Orgánico Tributario venezolano, articulo 103, numeral (1), que establece multa de diez unidades tributarias (10 U.T) es decir Bs.650, por no presentar la declaración considerando que la unidad tributaria de referencia es la de Bs. 65, que  era  el valor vigente al año pasado.
 La declaración debe presentarse dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal, salvo para aquellos contribuyentes que tengan un calendario especial de actividades. Es de citar que el plazo vence  el 31 de marzo del 2011.

Los contribuyentes que deben efectuar este procedimiento son aquellos quienes tuvieron enriquecimiento superior a las 1.000 unidades tributarias (Bs.65.000). En el caso de personas que  trabajan de manera independiente y que perciben honorarios profesionales y otros ingresos, superiores a 1.500 unidades tributarias (Bs.97.500), están obligados a  realizar su declaración.

Para la  declaración del ISLR las  personas naturales necesitan el Registro de Información Fiscal (RIF).  En caso de no poseerlo deben tramitarlo a través de la página Web del Seniat: www.seniat.gov.ve. Allí, las personas deben registrarse, llenar un formulario y acudir a una sede del organismo con la documentación solicitada que  respalde su estado civil y las cargas familiares (copia de la cedula de identidad, acta de matrimonio, acta de partida de nacimiento y/o cedula de identidad de los familiares declarados como carga familiar, copia cedula de su conyugue, entre otros), y le entreguen su comprobante con el número de RIF.

Una  vez que  posea el RIF se procede a la declaración por la  vía electrónica o por  medio de la planilla DPN 25. Es de citar que las  personas naturales que deben efectuar la declaración del tributo, pero su pago es cero, tienen que hacerlo solo por la vía electrónica.
Las personas naturales pueden optar por los desgrávamenes detallados para deducir lo pagado por educación, pólizas de seguros, gastos médicos y por intereses por préstamos de la vivienda principal. Pero, las personas naturales que trabajen en la  administración pública, están obligadas a efectuar su declaración del impuesto sobre la renta por vía electrónica. Una vez agotado este paso tienen que acudir a las instituciones bancarias autorizadas, a cancelar el tributo correspondiente.
Es importante conocer que si el monto a erogar es elevado se  permite efectuar el pago de manera fraccionada en tres partes, realizando el primero el 31 de marzo, el segundo pago el 25 de abril y el tercero y último pago el 16 de mayo.

Por ultimo es importante destacar que están excluidos del pago de tributos, las pensiones por jubilaciones o indemnización que los  trabajadores reciban por los  años de servicios prestados.

P: ¿Qué le recomienda a las personas jurídicas en su declaración  impositiva?

RG: En la Declaración del Impuesto sobre la Renta, las personas jurídicas están obligadas a declarar, todas sin excepción. Tenga o no actividad, paguen o no impuestos es  un deber  formal, y debe  realizarse de  manera  electrónica y en una sola porción. 

Las cooperativas, fundaciones y asociaciones sin fines de lucro no pagan impuesto sobre la  renta, pero tienen la  obligación de  realizar su declaración informativa.

A los  empresarios,  les  recomiendo tener un profesional en contaduría para los registros contables y actividades del día a día. Y, no escatimen en invertir para una asesoría tributaria con un especialista que le recomiende las herramientas adecuadas y oportunas, apegadas a la normativa jurídica tributaria vigente.

Se debe tomar en cuenta, la relación COSTO-BENEFICIO, como el producto de una adecuada PLANIFICACIÒN FISCAL y FINANCIERA. Este paso, le permitirá por una parte su tranquilidad operativa, además de un AHORRO FISCAL en el pago adecuado de sus impuestos.

Una recomendación importante, es tener los cálculos y los papeles de trabajo debidamente documentados y sustentados, como el Ajuste Inicial Fiscal, el Reajuste Fiscal y la Conciliación de la Renta, para que soporten una  fiscalización y auditoria, a fondo por parte de la Administración Tributaria, a los efectos de prevenir en la  empresa de un reparo fiscal.

En lo personal, me  preocupa la poca CULTURA TRIBUTARIA que tiene el empresariado actual. Desconocen su responsabilidad ante el Seniat, en su condición de representante legal de  su empresa, al presentar y hacerse responsable por las cifras que  se  muestran en la  declaración del impuesto sobre la  renta.

Soy de  la  opinión que  el  empresario debería  tener un mínimo de  conocimiento de la Ley de Impuesto sobre la Renta y las oportunidades que permite para deducir diferentes conceptos de  egresos y gastos causados, no imputables al costo, normales y necesarios, hechos en el país, con el objeto de producir el enriquecimiento, tal es  el caso del articulo 27 y sus  diferentes numerales.

Me voy a permitir  citar varios numerales como el 19, que cita sobre los  Gastos  de Publicidad y Propaganda causados o pagados dentro del  ejercicio gravable, realizados en beneficio del propio contribuyente pagador. El numeral 21 que  trata sobre los  Gastos de  Representación pagados a sus  directores, gerentes, administradores como reembolso de gastos, siempre que  dichos gastos estén individualmente soportados por  los  comprobantes respectivos y sean realizados en beneficio de la  empresas pagadora. Y, de  acuerdo al numeral 22, todos los  demás gastos causados o pagados, normales y necesarios, hechos en el país con el  objeto de producir la renta.

Aquí por lo general,  las  empresas pagan impuestos de más por  el desconocimiento de la Ley de Impuesto sobre la Renta y por la ausencia de una ESTRATEGIA FISCAL oportuna. De allí que lo  mejor es buscar una apropiada ASESORIA FISCAL y FINANCIERA, para  utilizar los  recursos humanos , materiales y financieros con que  cuenta la empresa.

EM.- ¿Cuales  son los  cambios más importantes suscitados en Venezuela en Materia Tributaria?

RG: Entre otros, la  adopción e implementación en Venezuela de las Normas Internacionales de información Financiera (NIIF). Pero, es importante citar que de acuerdo al artículo 91de la Ley de Impuesto sobre la Renta, se especifica que “los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada y ajustados a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en la República Bolivariana de Venezuela, los libros y registros”. También en el artículo 279 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta especifica lo  relacionado que a los efectos de la determinación de la renta neta, hace referencia que se entiende como Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela, aquellos emanados de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV).

Existen  dudas en relación a cómo la  administración tributaria  aplicaría las leyes impositivas, cuando los contribuyentes elaboren los estados financieros de acuerdo con Normas Internacionales de Contabilidad (NIC). Hasta este momento la administración tributaria no se  ha pronunciado con relación a este tema, ya que hay NIC que generan interrogantes como el tratamiento al gravamen por dividendos, las diferencias en cambios y los cargos diferidos.

Igual, destacar que las diferencias entre la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad y las Normas Tributarias originaran partidas en conciliación fiscal para  la elaboración de la Declaración del Impuesto sobre la Renta, que generarán  dudas tanto para  la  administración tributaria como para los  contribuyentes.

En este sentido, invito a  sentarnos en una mesa de  trabajo, donde  el gremio de contadores públicos y la administración tributaria generen un pronunciamiento sobre el tratamiento fiscal de las Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera, a los fines de tener puntos de encuentros técnicos, para adecuar la Ley y el Reglamento de Impuesto sobre la  Renta, con los  nuevos cambios impuestos por la contaduría y el mundo financiero.

Igualmente, opino que el Poder  Legislativo, a través de la Comisión de Finanzas, conjuntamente con la Administración Tributaria (Seniat) y el apoyo del gremio de Contadores Públicos de Venezuela, deberíamos trabajar en una  REFORMA TRIBUTARIA, de las  diferentes leyes impositivas nacionales para adaptarlas a los nuevos  tiempos de  globalización y cambios contables, económicos, financieros y tributarios.

EM.- El presidente de los EEUU Ronald Reagan, en los  años 80 propuso una  reducción de impuestos y logró un incremento en la  recaudación por este hecho. ¿Crees que  en Venezuela se  pueda hacer lo mismo o pudiera tener el mismo efecto?

RG: Soy de la opinión, que no debemos crear mas impuestos, ni aumentar los impuestos vigentes. Propongo una serie de  incentivos  fiscales que disminuyan el pago de tributos a las empresas. Estímulos en áreas como el turismo, agricultura, construcción, rebajas por  inversiones de las industrias, la manufactura, minería, petróleo y de transporte. Donde aumenten su capacidad instalada para producir mayor renta, empleos y que en futuro a corto plazo, sean factor de reactivación del aparato productivo y de la  economía en general, en los municipios. En consecuencia generando pagos en  impuestos locales retribuidos en servicios públicos.

Estas medidas, también traerían como resultado la recuperación del Producto Interno Bruto (PIB), la disminución del  desempleo y de la inflación.

Por último, propongo evaluar la implementación de una Ley de Remisión Tributaria que permita a la Administración Tributaria incrementar la recaudación al corto plazo, y donde el contribuyente se ponga a derecho con sus deudas impositivas, para que sean  beneficiadas ambas partes.
De  acuerdo al  artículo 53 del Código Orgánico Tributario, es posible mediante una Ley Especial que se extinga la obligación tributaria. Allí, se establece la forma y condiciones que las  obligaciones de pago de los  tributos puedan ser condonadas, tales como intereses moratorios y multas. Es de citar que la ultima Ley de Remisión se dicto en el año 2001, teniendo un éxito  rotundo.

Me  permite culminar  esta  entrevista  citando un Pensamiento de  uno  de  los  grandes  hombres  de  la  Humanidad . Gandhi.


“Comienza por  ser el cambio que quieres para  el mundo”





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