Raúl Gil Arias
Por: Vicente Hernández
Contador Público y Abogado. Se desempeña como Consultor Gerencial y Tributario, con una Especialización en Gerencia Integral de Tributos Nacionales y una Especialización en Finanzas. En la actualidad es Asesor de Fedecámaras Bolívar y la Cámara de Comercio e Industrias de Caroní, Edo. Bolívar. Pertenece al Colegio de Contadores Públicos del Estado Bolívar y Coordinador del Comité Permanente de Asuntos Tributarios de la Federación de Colegios de Contadores de Venezuela (FCCV). Locutor y Productor Nacional Independiente (PNI)
EM.- ¿En su opinión cómo ven los empresarios al Contador Público en Venezuela?
RG: Permítanme una referencia personal, por los momentos presido las Comisiones de Asuntos Tributarios y Legales en Fedecamaras-Bolívar y de la Cámara de Comercio e Industrias de Caroní. Allí, a nivel gremial desarrollamos para los afiliados, en conjunto con las respectivas juntas directivas, las orientaciones y recomendaciones en áreas contables, financieras y tributarias. Es una labor de consultoría, que me permite percibir que el Contador Público es para los empresarios, un profesional altamente calificado que ofrece soluciones asertivas, en planificación fiscal y financiera.
Es evidente en la práctica que los empresarios sienten cada día más, la necesidad de confiar en un servicio integral y especializado en las ramas fiscales y financieras. Y, donde le ayude a tomar decisiones oportunas y correctas, en la gerencia de su empresa. Pero además que le garantice tener éxito en tiempos de crisis.
EM.- ¿Está el Contador Público preparado para asumir los grandes cambios empresariales en Venezuela?
Obvio, los Contadores Públicos de Venezuela pasamos por una sólida formación académica en nuestras Universidades. Egresamos con la adecuada capacidad que en lo profesional, que permite que estemos a la altura de los retos que demanda la circunstancia.
El profesional venezolano de la Contaduría Pública demuestra con hechos su nivel de instrucción. Es frecuente su presencia en los Foros Internacionales, a los cuales somos invitados. Recuerdo que, el pasado 3 de febrero el licenciado Rafael Rodríguez, Presidente de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) y Director de la Asociación Interamericana de Contabilidad por Venezuela, fue invitado especial y dicto una conferencia magistral sobre la experiencia latinoamericana, en la adopción en Venezuela de las Normas Internacionales de Información Financiera. Igualmente, firmó un acuerdo con el Presidente de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), a los fines de tener participación activa en las decisiones que se toman en el seno de esta organización.
En julio de este año, acudiremos al evento que organizan el Banco Mundial (BM), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Federación Internacional de Contadores (IFAC), cada año. Un evento, donde se tocarán temas relacionados a la implementación de las Normas Internacionales de Información financiera (NIIF).
EM.- ¿Como difunden los diferentes cambios de productos ante la adopción e implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera en Venezuela?
RG: La Federación Nacional de Contadores Públicos por iniciativa de su Junta Directiva que preside el Lcdo. Rafael Rodríguez y mediante la coordinación del Secretario de Estudios e Investigaciones de la Federación Lcdo. Ricardo Briceño, iniciaron un programa de inducción totalmente gratuito, en todo el país, dirigido a los Ciento Diez Mil (110.000) profesionales y Trescientos Mil (300.000) estudiantes de Contaduría Pública de las diferentes universidades nacionales, relacionado en la adopción e implantación de las Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas “NIIF para PYMES”.
Por cierto, que es oportuno hacer un reconocimiento público al Lcdo. Renny Espinoza que como Director Técnico y a los Comités Permanentes, donde se destaca el de Principios de Contabilidad, han realizado una excelente labor gremial, profesional y técnica, conjuntamente con un grupo de profesionales que fueron formados como Facilitadores, a nivel nacional entre los cuales puedo citar a los colegas Antonio Herrera, Mario Arrechedera y Pedro Cambridge.
Igualmente, son varias las reuniones de trabajo con las universidades como la UCV , UDO, UCAB, UNEG, entre otras, a los efectos de adaptar los pensum de estudios a los nuevos cambios que exige la profesión. Es importante destacar que los contadores públicos de Venezuela está organizando en Ciudad Guayana, para abril, el Seminario Regional Interamericano de Contabilidad (SRIC), donde tendremos expositores especialistas en el tema de las NIIF, a nivel nacional e internacional. Todas estas acciones y actividades demuestran que estamos difundiendo masivamente los cambios que tenemos en el ámbito contable, financiero y tributario.
EM.- ¿Cómo y cuándo se inicia en Venezuela, la adopción e implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)?
RG: Debo citar que desde el año 2004, la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV), en un Directorio Nacional, decidió adoptar en nuestro país, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIC-NIIF) y sus interpretaciones, emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y las Normas Internacionales de Auditaría (NIA), emitidas por la Federación Internacional de Contadores.
En el 2006 la FCCPV , indico que las grandes empresas no calificadas como Pymes, iniciarían el proceso en el año 2008. Señalando que las pequeñas y medianas empresas (Pymes) implementarían la adopción de las NIIF en el año 2010. Posteriormente, en marzo del 2010 en el Boletín de Aplicación VEN-NIF 0 se estableció el Marco de Adopción de las NIIF y en agosto del 2010, mediante el Boletín de Aplicación VEN-NIF 6, se establecieron los criterios para la aplicación en Venezuela de la Norma “NIIF para PYMES” que entró en vigencia, a partir del primero de enero de los corrientes.
EM.- ¿Qué beneficios y ventajas trae la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera para el sector empresarial y usuarios de los estados financieros de una empresa?
RG: Podríamos resumirlos en que son una presentación fiel, documentada y sustentada de la realidad económica de la entidad en cuestión; que dan respuestas a las necesidades de los usuarios, con claridad y transparencia, lo cual permite el uso del juicio razonable; además se dispone de información financiera, legal, tributaria y contable, en las notas explicativas anexas a los estados financieros, que permiten dar a la gerencia herramientas para toma de decisiones.
Por otro lado, entre las ventajas para las Pymes tenemos que: Estandarizan sus sistemas administrativos y procedimientos contables; Les permitirá en un mundo globalizado tener información financiera comparable, consistente y uniforme, donde se estén aplicando las NIIF.
EM.- Ahora sobre el Tema Tributario, en su condición de consultor empresarial y coordinador del Comité Permanente de Asuntos Tributarios de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) ¿Qué opinión le merece la Cultura Tributaria que tenemos los venezolanos?
RG: Quiero destacar el incremento de la cultura tributaria en la sociedad venezolana, estos últimos años. El Seniat y los gremios profesionales, mediante los Institutos de Mejoramiento Profesional, entre otros han implementado mecanismos de adiestramiento hacia los contribuyentes. La idea es que conozcan los derechos y deberes formales que tiene el marco jurídico, en el Código Orgánico Tributario de la Nación. Recuerdo una frase del anterior Superintendente del Seniat quien en una reunión con empresarios dijo “El contribuyente al final es el socio de la administración tributaria y aduanera del país, y cualquier evasión fiscal de impuesto o contrabando, al final no perjudica al Estado, sino a la sociedad”.
De tal manera que una condición para fortalecer la Cultura Tributaria , es la confianza que el gobierno sea capaz de inspirar en la sociedad y los contribuyentes. Otra condición, son las políticas de divulgación que incentiven las ventajas y oportunidades, al cumplir con los deberes formales, y las sanciones por hacer lo contrario. Dar el conocimiento, facilidades, herramientas e incentivos a los contribuyentes para cumplir sus obligaciones fiscales. No podemos esperar una disminución de la evasión fiscal y cumplimiento voluntario, sino hay estrategias comunicacionales bien orientadas a la opinión pública. E inclusive, es una herramienta que se debe comenzar desde las universidades, a los fines de crear ciudadanos y profesionales conscientes de sus principios y valores hacia la cultura tributaria.
Así que por este medio, planteo formar una mesa técnica, donde el SENIAT, la Federación de Colegios de Contadores Públicos y el Comité Permanente de Asuntos Tributarios, el cual coordino a nivel nacional, podamos desarrollar un Plan Masivo de Divulgación de la Cultura Tributaria , en cada uno de las entidades del país.
Nosotros los contadores públicos tenemos presencia en todo el territorio nacional, a través de los colegios federados, disponemos de la infraestructura, con los institutos de mejoramiento profesional y también egresados altamente calificados que ayuden a la administración tributaria, en incrementar y desarrollar la difusión de la cultura tributaria.
Otra manera de contribuir es para quienes andamos en el ámbito de los tributos y las finanzas, que apoyemos al sector empresarial mediante las Cámaras y Asociaciones del Comercio, Industria y Producción, dictando foros tributarios trimestralmente. Así los afiliados quedarían actualizados en relación a sus deberes formales como contribuyentes.
En tal sentido, las universidades podrían apoyar mediante la formación de Comités Tributarios integrados por profesores de la materia, como es el caso del Comité de Tertulias Tributarias constituido en la Ucab-Guayana , donde los colegas Jairo Ramírez, Camilo London, Ricardo Sánchez, Daniel Duran, Wladimir García, Solange Oliveros coordinados por Daisy Betancourt, el último martes de cada mes, disertan sobre temas tributarios, para estudiantes, empresarios y publico en general.
Es bueno señalar que tenemos Comités Tributarios en la mayoría de los estados del país, por lo que hago una invitación a los contadores públicos especialistas en el área tributaria, para integrarse a los comités.
EM.- ¿Cómo hacer para que el venezolano entienda la importancia del pago de sus impuestos?
RG: Soy de la opinión que al aumentar el grado de cultura tributaria, tal como lo tienen varios países latinoamericanos podríamos alcanzar la madurez y conciencia tributaria necesarias. Ese incremento se obtuvo con la educación y divulgación tributaria, a partir de las universidades, gremios profesionales y empresariales, proyectando a la opinión pública el compromiso y su corresponsabilidad como contribuyentes.
Sin embargo, también debe haber por parte del Estado una reciprocidad al contribuyente, en el sentido que los ingresos fiscales proyectados a recaudar en el año 2011 y que representan un 55% del presupuesto de la república, sean reinvertidos en buenos y eficientes servicios públicos, en seguridad, vialidad y educación.
Cuando el venezolano empiece a ver que sus tributos son retribuidos en su comunidad, en ese momento soy un convencido que voluntariamente todos pagaremos los impuestos y disminuirá considerablemente la evasión y defraudación fiscal. Estos últimos elementos que constituyen ilícitos tributarios, sancionados con penas restrictivas de libertad, de acuerdo con los artículos 115 y 116 del Código Orgánico Tributario, que establece penas con prisión de seis (6) meses a siete (7) años.
EM.- Este es el mes de la declaración y pago del impuesto sobre la renta. ¿Qué consejo daría Ud., a las personas naturales en materia impositiva?
Lo primero, que paguen sus impuestos de manera oportuna. Así, cumplen su deber formal, según el Código Orgánico Tributario venezolano, articulo 103, numeral (1), que establece multa de diez unidades tributarias (10 U.T) es decir Bs.650, por no presentar la declaración considerando que la unidad tributaria de referencia es la de Bs. 65, que era el valor vigente al año pasado.
La declaración debe presentarse dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal, salvo para aquellos contribuyentes que tengan un calendario especial de actividades. Es de citar que el plazo vence el 31 de marzo del 2011.
Los contribuyentes que deben efectuar este procedimiento son aquellos quienes tuvieron enriquecimiento superior a las 1.000 unidades tributarias (Bs.65.000). En el caso de personas que trabajan de manera independiente y que perciben honorarios profesionales y otros ingresos, superiores a 1.500 unidades tributarias (Bs.97.500), están obligados a realizar su declaración.
Para la declaración del ISLR las personas naturales necesitan el Registro de Información Fiscal (RIF). En caso de no poseerlo deben tramitarlo a través de la página Web del Seniat: www.seniat.gov.ve. Allí, las personas deben registrarse, llenar un formulario y acudir a una sede del organismo con la documentación solicitada que respalde su estado civil y las cargas familiares (copia de la cedula de identidad, acta de matrimonio, acta de partida de nacimiento y/o cedula de identidad de los familiares declarados como carga familiar, copia cedula de su conyugue, entre otros), y le entreguen su comprobante con el número de RIF.
Una vez que posea el RIF se procede a la declaración por la vía electrónica o por medio de la planilla DPN 25. Es de citar que las personas naturales que deben efectuar la declaración del tributo, pero su pago es cero, tienen que hacerlo solo por la vía electrónica.
Las personas naturales pueden optar por los desgrávamenes detallados para deducir lo pagado por educación, pólizas de seguros, gastos médicos y por intereses por préstamos de la vivienda principal. Pero, las personas naturales que trabajen en la administración pública, están obligadas a efectuar su declaración del impuesto sobre la renta por vía electrónica. Una vez agotado este paso tienen que acudir a las instituciones bancarias autorizadas, a cancelar el tributo correspondiente.
Es importante conocer que si el monto a erogar es elevado se permite efectuar el pago de manera fraccionada en tres partes, realizando el primero el 31 de marzo, el segundo pago el 25 de abril y el tercero y último pago el 16 de mayo.
Por ultimo es importante destacar que están excluidos del pago de tributos, las pensiones por jubilaciones o indemnización que los trabajadores reciban por los años de servicios prestados.
P: ¿Qué le recomienda a las personas jurídicas en su declaración impositiva?
RG: En la Declaración del Impuesto sobre la Renta , las personas jurídicas están obligadas a declarar, todas sin excepción. Tenga o no actividad, paguen o no impuestos es un deber formal, y debe realizarse de manera electrónica y en una sola porción.
Las cooperativas, fundaciones y asociaciones sin fines de lucro no pagan impuesto sobre la renta, pero tienen la obligación de realizar su declaración informativa.
A los empresarios, les recomiendo tener un profesional en contaduría para los registros contables y actividades del día a día. Y, no escatimen en invertir para una asesoría tributaria con un especialista que le recomiende las herramientas adecuadas y oportunas, apegadas a la normativa jurídica tributaria vigente.
Se debe tomar en cuenta, la relación COSTO-BENEFICIO, como el producto de una adecuada PLANIFICACIÒN FISCAL y FINANCIERA. Este paso, le permitirá por una parte su tranquilidad operativa, además de un AHORRO FISCAL en el pago adecuado de sus impuestos.
Una recomendación importante, es tener los cálculos y los papeles de trabajo debidamente documentados y sustentados, como el Ajuste Inicial Fiscal, el Reajuste Fiscal y la Conciliación de la Renta , para que soporten una fiscalización y auditoria, a fondo por parte de la Administración Tributaria , a los efectos de prevenir en la empresa de un reparo fiscal.
En lo personal, me preocupa la poca CULTURA TRIBUTARIA que tiene el empresariado actual. Desconocen su responsabilidad ante el Seniat, en su condición de representante legal de su empresa, al presentar y hacerse responsable por las cifras que se muestran en la declaración del impuesto sobre la renta.
Soy de la opinión que el empresario debería tener un mínimo de conocimiento de la Ley de Impuesto sobre la Renta y las oportunidades que permite para deducir diferentes conceptos de egresos y gastos causados, no imputables al costo, normales y necesarios, hechos en el país, con el objeto de producir el enriquecimiento, tal es el caso del articulo 27 y sus diferentes numerales.
Me voy a permitir citar varios numerales como el 19, que cita sobre los Gastos de Publicidad y Propaganda causados o pagados dentro del ejercicio gravable, realizados en beneficio del propio contribuyente pagador. El numeral 21 que trata sobre los Gastos de Representación pagados a sus directores, gerentes, administradores como reembolso de gastos, siempre que dichos gastos estén individualmente soportados por los comprobantes respectivos y sean realizados en beneficio de la empresas pagadora. Y, de acuerdo al numeral 22, todos los demás gastos causados o pagados, normales y necesarios, hechos en el país con el objeto de producir la renta.
Aquí por lo general, las empresas pagan impuestos de más por el desconocimiento de la Ley de Impuesto sobre la Renta y por la ausencia de una ESTRATEGIA FISCAL oportuna. De allí que lo mejor es buscar una apropiada ASESORIA FISCAL y FINANCIERA, para utilizar los recursos humanos , materiales y financieros con que cuenta la empresa.
EM.- ¿Cuales son los cambios más importantes suscitados en Venezuela en Materia Tributaria?
RG: Entre otros, la adopción e implementación en Venezuela de las Normas Internacionales de información Financiera (NIIF). Pero, es importante citar que de acuerdo al artículo 91de la Ley de Impuesto sobre la Renta , se especifica que “los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada y ajustados a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en la República Bolivariana de Venezuela, los libros y registros”. También en el artículo 279 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta especifica lo relacionado que a los efectos de la determinación de la renta neta, hace referencia que se entiende como Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela, aquellos emanados de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV).
Existen dudas en relación a cómo la administración tributaria aplicaría las leyes impositivas, cuando los contribuyentes elaboren los estados financieros de acuerdo con Normas Internacionales de Contabilidad (NIC). Hasta este momento la administración tributaria no se ha pronunciado con relación a este tema, ya que hay NIC que generan interrogantes como el tratamiento al gravamen por dividendos, las diferencias en cambios y los cargos diferidos.
Igual, destacar que las diferencias entre la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad y las Normas Tributarias originaran partidas en conciliación fiscal para la elaboración de la Declaración del Impuesto sobre la Renta , que generarán dudas tanto para la administración tributaria como para los contribuyentes.
En este sentido, invito a sentarnos en una mesa de trabajo, donde el gremio de contadores públicos y la administración tributaria generen un pronunciamiento sobre el tratamiento fiscal de las Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera, a los fines de tener puntos de encuentros técnicos, para adecuar la Ley y el Reglamento de Impuesto sobre la Renta , con los nuevos cambios impuestos por la contaduría y el mundo financiero.
Igualmente, opino que el Poder Legislativo, a través de la Comisión de Finanzas, conjuntamente con la Administración Tributaria (Seniat) y el apoyo del gremio de Contadores Públicos de Venezuela, deberíamos trabajar en una REFORMA TRIBUTARIA, de las diferentes leyes impositivas nacionales para adaptarlas a los nuevos tiempos de globalización y cambios contables, económicos, financieros y tributarios.
EM.- El presidente de los EEUU Ronald Reagan, en los años 80 propuso una reducción de impuestos y logró un incremento en la recaudación por este hecho. ¿Crees que en Venezuela se pueda hacer lo mismo o pudiera tener el mismo efecto?
RG: Soy de la opinión, que no debemos crear mas impuestos, ni aumentar los impuestos vigentes. Propongo una serie de incentivos fiscales que disminuyan el pago de tributos a las empresas. Estímulos en áreas como el turismo, agricultura, construcción, rebajas por inversiones de las industrias, la manufactura, minería, petróleo y de transporte. Donde aumenten su capacidad instalada para producir mayor renta, empleos y que en futuro a corto plazo, sean factor de reactivación del aparato productivo y de la economía en general, en los municipios. En consecuencia generando pagos en impuestos locales retribuidos en servicios públicos.
Estas medidas, también traerían como resultado la recuperación del Producto Interno Bruto (PIB), la disminución del desempleo y de la inflación.
Por último, propongo evaluar la implementación de una Ley de Remisión Tributaria que permita a la Administración Tributaria incrementar la recaudación al corto plazo, y donde el contribuyente se ponga a derecho con sus deudas impositivas, para que sean beneficiadas ambas partes.
De acuerdo al artículo 53 del Código Orgánico Tributario, es posible mediante una Ley Especial que se extinga la obligación tributaria. Allí, se establece la forma y condiciones que las obligaciones de pago de los tributos puedan ser condonadas, tales como intereses moratorios y multas. Es de citar que la ultima Ley de Remisión se dicto en el año 2001, teniendo un éxito rotundo.
Me permite culminar esta entrevista citando un Pensamiento de uno de los grandes hombres de la Humanidad . Gandhi.
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